Bankia es condenada a pagar más de 6 millones de euros a 87cooperativistas de vivienda
El Juzgado de Primera Instancia número 21 de Valencia ha condenado a Bankia a
devolver más de 6 millones de euros a un grupo de 87 afectados por la Cooperativa
de Viviendas Móstoles Sur, en Madrid.
Así consta en una sentencia en la que el juez estima la demanda presentada por
los afectados, obligando a la entidad a devolver las cantidades aportadas más
los intereses legales correspondientes. Así, los compradores consiguen recuperar el
dinero invertido por la compra de una vivienda que nunca les han entregado.
La indemnización a la que tiene que hacer frente Bankia asciende a 4.448.825 euros
más 1.722.958 euros de intereses legales, lo que suma un total de 6.171.783 euros.
La sentencia determina que «la Cooperativa nunca contrató el seguro o aval de la
Ley 57/68, siendo responsable el Banco».
Tras celebrar el fallo, la directora de El Defensor de tu Vivienda, Marta Serra, ha
destacado que los tribunales siguen dando la razón a los cooperativistas y
compradores de vivienda afectados por la compra de vivienda sobre plano.
«Ningún comprador debe dar nada por perdido ya que la Ley está a su favor y debe
luchar por recuperar lo que es suyo. Juntos estamos consiguiendo que se ponga fin a
las injusticias que multitud de cooperativistas y compradores de vivienda sobre
plano han sufrido en los últimos años», ha dicho.
Promoción que no se construyó
Móstoles Sur Sociedad Cooperativa Madrileña de Viviendas es una cooperativa que
tuvo en proyecto desarrollar diferentes promociones; algunas se construyeron y la
gente obtuvo sus viviendas, como en el caso de las casas de La Gavia.
Sin embargo, la promoción que iba a construirse en el Sector Las Viñas
I en Navalcarnero nunca llegó a realizarse, por problemas fundamentalmente de
desarrollo urbanístico.
La Cooperativa se constituyó en el año 2004, si bien, la mayoría de los miembros se
adhirieron en el año 2007. Aunque de los documentos firmados no resulta que
hubiera una fecha concreta y comprometida de entrega de las viviendas de los planes
de pagos pactados se deduce que la entrega estaba prevista en el año 2009.
No obstante, según ha apuntado la asociación, lo cierto es que a día de hoy las
viviendas no se han empezado a edificar ni se van a construir.
Por tanto, dada la situación y teniendo en cuenta que la cooperativa no contrató el
seguro de entregas a cuenta o aval bancario que exigía la Ley 57/68, y dado que el
banco tampoco verificó que dicha garantía existía para cubrir sus aportaciones en
caso de que las viviendas no se entregasen en el plazo pactado por los
cooperativistas, ahora, la entidad financiera debe responder frente a estos 87
cooperativistas de vivienda.
La sentencia afirma que «la Cooperativa nunca contrató el seguro o aval de la Ley
57/68, siendo responsable el Banco, dado que sabía que abonaban a la cooperativa
los adelantos en una cuenta aperturada en dicha entidad, siendo además que Caja
Madrid incluso financió a algunos socios la aportación inicial, los recibos se
enviaban desde la oficina de Caja Madrid, dos meses antes, financió la primera de
las promociones de la Cooperativa, los terrenos de pagaron con cheques bancarios
emitidos por la oficina de Caja Madrid». Por ello y en base a la Ley 57/68, el
Juzgado declara a Bankia responsable